Consulta sobre la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas relativas a los organismos de igualdad en el ámbito de la igualdad de trato y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en asuntos de empleo y ocupación, y por la que se suprimen el artículo 20 de la Directiva 2006/54/CE y el artículo 11 de la Directiva 2010/41/UE y sobre la Propuesta de Directiva del Consejo sobre las normas relativas a los organismos de igualdad en el ámbito de la igualdad de trato entre las personas con independencia de su origen racial o étnico, la igualdad de trato entre las personas en asuntos de empleo y ocupación con independencia de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y la igualdad de trato entre mujeres y hombres en materia de seguridad social y en el acceso a bienes y servicios y su suministro, y por la que se suprimen el artículo 13 de la Directiva 2000/43/CE y el artículo 12 de la Directiva 2004/113/CE

Con carácter general, las alegaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la alegación, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Trámite: Cerrado . Participación del Lunes 27 de febrero de 2023 al Martes 7 de marzo de 2023

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2021 para la mejora del proceso de negociación e incorporación del derecho de la Unión Europea al ordenamiento jurídico interno, se procede a someter a consulta las siguientes propuestas:

  • Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas relativas a los organismos de igualdad en el ámbito de la igualdad de trato y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en asuntos de empleo y ocupación, y por la que se suprimen el artículo 20 de la Directiva 2006/54/CE y el artículo 11 de la Directiva 2010/41/UE.
  • Propuesta de Directiva del Consejo sobre las normas relativas a los organismos de igualdad en el ámbito de la igualdad de trato entre las personas con independencia de su origen racial o étnico, la igualdad de trato entre las personas en asuntos de empleo y ocupación con independencia de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y la igualdad de trato entre mujeres y hombres en materia de seguridad social y en el acceso a bienes y servicios y su suministro, y por la que se suprimen el artículo 13 de la Directiva 2000/43/CE y el artículo 12 de la Directiva 2004/113/CE.

Los organismos de igualdad son esenciales a la hora de ayudar a las víctimas de discriminación y de velar por que la legislación de la Unión Europea en materia de no discriminación se cumpla en la práctica. Las normas vigentes de la Unión Europea relativas a los organismos de igualdad no incluyen disposiciones sobre la estructura y el funcionamiento efectivos de los organismos de igualdad, sino que exigen únicamente que tengan determinadas competencias mínimas y que actúen con independencia en el ejercicio de sus atribuciones. Dejan así un amplio margen de discrecionalidad a los Estados miembros en lo que respecta a su organización y funcionamiento. Existen, por ello, grandes diferencias entre los Estados miembros en lo que respecta a las competencias, la independencia, los recursos, la accesibilidad y la eficacia de los organismos de igualdad.

El objetivo de estas propuestas es establecer un conjunto de normas vinculantes dirigidas a reforzar la independencia, recursos y competencias de los organismos de igualdad. Igualmente, se establece un sistema de seguimiento, previendo que la Comisión establezca indicadores comunes para evaluar los efectos de las medidas propuestas y garantizar la comparabilidad de los datos recopilados a nivel nacional. La Comisión publicará cada cinco años un informe sobre la situación de los organismos de igualdad en toda la Uinón Europea.

Con todo ello se pretende garantizar que los organismos de igualdad puedan aprovechar todo su potencial. También se protegerá mejor a las víctimas de discriminación y se contribuirá a prevenir la discriminación.

El plazo para realizar observaciones y comentarios comienza el 27 de febrero de 2023 y finaliza el 7 de marzo de 2023, ambos inclusive.

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