Secretaría General Técnica

La Secretaría General Técnica es un órgano con rango de dirección general, dependiente de la Subsecretaría de Igualdad, al que le corresponden las funciones relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones, en particular:

  • La prestación de asistencia jurídica y administrativa a la persona titular del departamento y demás altos cargos de aquel, en los aspectos que no queden asignados a otros órganos del mismo.
  • La coordinación de la actividad normativa del departamento, tanto en lo que se refiere a sus proyectos normativos como a los informes que se emiten en relación con los de otros departamentos ministeriales.
  • La elaboración de los informes a que se refiere el artículo 26.5, párrafo cuarto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
  • La preparación de la documentación y el examen e informe de los asuntos que hayan de someterse al Consejo de Ministros y a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
  • El seguimiento e informe de los actos y disposiciones de las comunidades autónomas, la tramitación de los convenios suscritos con ellas y la preparación de las Conferencias Sectoriales en las que intervenga el Ministerio.
  • El informe, archivo, custodia y evaluación de la ejecución de los convenios que suscriba el departamento.
  • La tramitación y formulación de propuestas de resolución y, cuando proceda, la resolución de los recursos administrativos, así como las relaciones con los órganos jurisdiccionales.
  • El ejercicio de las funciones de la Unidad de Información de Transparencia del Ministerio, según lo previsto en el artículo 21 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el apoyo en la coordinación de las iniciativas de este departamento en materia de gobierno abierto; así como el ejercicio de las funciones de Unidad de gestión de Quejas y Sugerencias de los servicios del departamento, según lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
  • El seguimiento y coordinación de la actividad del Ministerio en materia de relaciones y cooperación internacional, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  • La programación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades editoriales del departamento.


Dependen de la Secretaría General Técnica la Vicesecretaría General Técnica y la Subdirección General de Relaciones Institucionales e Internacionales, y Publicaciones.

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