Secretaría General Técnica

La Secretaría General Técnica es un órgano con rango de dirección general, dependiente de la Subsecretaría de Igualdad, al que le corresponden las funciones relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones, en particular:

  1. La prestación de asistencia jurídica y administrativa a la persona titular del departamento y demás altos cargos de aquel, en los aspectos que no queden asignados a otros órganos del mismo.
  2. La planificación y coordinación de la actividad normativa y la tramitación de los proyectos normativos del departamento.
  3. La elaboración de los informes a que se refiere el artículo 26.5, párrafo primero y párrafo cuarto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
  4. La preparación de la documentación y el examen e informe de los asuntos que hayan de someterse al Consejo de Ministros y a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
  5. El seguimiento e informe de los actos y disposiciones de las comunidades autónomas, desde el punto de vista de las competencias atribuidas al departamento.
  6. El seguimiento, coordinación e informe de las cuestiones prejudiciales y demás actuaciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  7. La tramitación y elaboración de las propuestas de resolución de los recursos administrativos contra actos y disposiciones del departamento y de sus organismos adscritos, así como de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración, de los expedientes de revisión de oficio de los actos administrativos, declaraciones de lesividad y procedimientos de ejercicio del derecho de petición del departamento.
  8. Las relaciones con los juzgados y tribunales de justicia, en particular, a efectos de la remisión de los expedientes y documentación que soliciten, la recepción de sus notificaciones y, en su caso, la coordinación y el seguimiento de la ejecución de sus sentencias.
  9. El ejercicio de las funciones de la Unidad de Información de Transparencia del Ministerio, según lo previsto en el artículo 21 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el apoyo en la coordinación de las iniciativas de este departamento en materia de gobierno abierto; así como el ejercicio de las funciones de Unidad de gestión de Quejas y Sugerencias de los servicios del departamento, según lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
  10. La programación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades editoriales del departamento.
  11. La coordinación y supervisión de la política de protección de datos en cumplimiento de la normativa aplicable en esta materia en el ámbito de las competencias del departamento previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, para el ámbito del Ministerio, excluyendo sus organismos públicos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  12. El apoyo a la función de Secretaría de la Conferencia Sectorial de Igualdad, así como la preparación de las Conferencias Sectoriales en las que intervenga el Ministerio.
  13. La tramitación y archivo de los convenios que suscriban el departamento y sus organismos autónomos.
  14. El impulso, la coordinación y el seguimiento de la actividad del Ministerio en materia de relaciones internacionales y cooperación internacional, así como la participación en la misma, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  15. El seguimiento y coordinación de la participación del Ministerio en los procedimientos de adopción de normas de la Unión Europea que afecten a las competencias del departamento.
  16. El seguimiento de la transposición de las normas de la Unión Europea en las materias que afecten a las competencias del departamento, así como de los procedimientos de infracción.
  17. El impulso y coordinación de los proyectos de tratados, convenios o acuerdos internacionales en materias de la competencia del departamento, la coordinación de la participación de España en las cumbres y eventos internacionales en la materia y la coordinación de informes para las instituciones internacionales.


Dependen de la Secretaría General Técnica los siguientes órganos, con rango de subdirección general:

  • La Vicesecretaría General Técnica, que ejerce las competencias de los párrafos a) a f).
  • La Subdirección General de Relaciones Institucionales, Recursos, y Publicaciones, que ejerce las competencias de los apartados g) a m).
  • La Subdirección General de Relaciones Internacionales, que ejerce las competencias de los apartados n) a q).

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