El Ministerio de Igualdad se ha comprometido a hacer accesible este sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
La presente declaración de accesibilidad fue preparada el 26 de octubre de 2020.
El método empleado para la presente declaración ha sido una autoevaluación realizada por el propio Ministerio.
Última revisión de la declaración: 11 de septiembre de 2025.
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:
a través del formulario de contacto de este sitio web.
Puede presentar:
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
A través del procedimiento Solicitud de información accesible y quejas, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la División de Tecnologías de la Información del Ministerio de Igualdad.
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada a través del procedimiento Reclamación de accesibilidad, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la División de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Igualdad.
Este sitio web:
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