El Gobierno aprueba los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual

El importe asciende a 46.200.000 euros, que se suman a los 19.800.000 euros que se destinaron en 2021, sumando un importe total de 66.000.000 de euros.

24 mayo 2022

El Gobierno ha aprobado hoy en Consejo de Ministras y Ministros, los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual.

El importe de esta partida, medida prevista en la inversión nº 4 del Componente 22 (C22.I04) «Plan de Choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del «Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia» , asciende a 46.200.000 euros, que se suman a los 19.800.000 euros que se destinaron en 2021, sumando un importe total de 66.000.000 de euros, que serán ejecutados, por razón de competencias, por las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Este dinero se destinará a la creación de centros de asistencia integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en todas las provincias y las Ciudades con Estatuto de Autonomía. Se implantará al menos uno en cada provincia. En España hay 52 provincias y únicamente dos provincias cuentan actualmente con este tipo de centro: Madrid en 2019 y Asturias en 2020.

Los centros de atención a víctimas de violencia sexual 24 horas atenderán a mujeres mayores de 16 años víctimas y supervivientes de violencia sexual, tanto si la violencia se ha producido de forma reciente, como en el pasado. Para acceder a ellos, no será necesaria la interposición de una denuncia y el enfoque estará centrado en la víctima y superviviente.

El trabajo en estos centros, se adaptará a las demandas, tiempos y necesidades de las víctimas y las personas profesionales del centro tendrán formación especializada en género, enfoque de género, derechos humanos, interseccionalidad, violencia contra las mujeres, violencias sexuales, trauma, crisis y emergencia.

Estándares internacionales

Los estándares internacionales de derechos humanos establecen que los estados tienen el deber de poner a disposición de las víctimas de todas las formas de violencias sexuales recursos y servicios especializados en violencia sexual para ofrecer información, atención integral, acompañamiento a las instituciones (policiales, sanitarias, judiciales, de servicios sociales, etc.) y asistencia jurídica especializada.

En este sentido, el Convenio de Estambul establece en su artículo 25 la obligación de «permitir la creación de centros de ayuda de emergencia para las víctimas de violaciones y de violencias sexuales, apropiados, fácilmente accesibles y en número suficiente, para realizarles un reconocimiento médico y médico forense, y darles un apoyo vinculado al traumatismo y consejos». El GREVIO ya recomendó al Gobierno de España en su primer informe de evaluación llevado a cabo en España a «tomar medidas que establezcan un número suficiente de centros de ayuda de emergencia para las víctimas de violencia sexual».

Con el objetivo de adaptar la normativa europea a las recomendaciones del grupo de expertas del GREVIO, la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, ya recoge en su artículo 32 el derecho a la atención integral especializada: «Las mujeres víctimas de violencias sexuales tienen derecho a una atención de emergencia y crisis y de recuperación en el largo plazo que les ayude a superar las consecuencias físicas, psicológicas, sociales o de otra índole derivadas de la violencia».

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